Facturas de anticipos — el detalle fino
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Desde que inició la actual versión 3.3 del CFDI hemos tenido que adoptar innumerables cambios relacionados con el registro de la información fiscal y los tipos de comprobantes que deben emitirse por cada operación comercial, servicio prestado, pago realizado o recibido, etc.
Uno de estos casos es el de las facturas de anticipos, que son los CFDI de tipo Ingreso que se emiten para amparar la entrega y recepción de determinado monto que servirá para liquidar una operación futura, de la cual no se conoce los bienes o servicios que se adquirirán y/o su precio.
Estos comprobantes, al igual que los demás CFDI de Ingreso, pueden cancelarse y después sustituirse por uno nuevo (del mismo tipo) con los datos correctos cuando tengan algún error como, por ejemplo:
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- en el RFC del receptor,
- el monto entregado bajo este concepto,
- la clave de producto o servicio y/o la clave de unidad de medida utilizada,
- entre otros errores frecuentes.
Para llevar a cabo su cancelación, se debe seguir el nuevo procedimiento implementado por el SAT; por lo que estos podrían ser:
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- Cancelables sin aceptación si no han trascurrido más de tres días desde su emisión.
- Cancelables con la autorización del receptor, cuando dicho lapso de tiempo sea superior a tres días y se trate de anticipos mayores de cinco mil pesos moneda nacional (IVA incluido).
- No cancelables, si ya aparecen referenciados o relacionados en alguna factura de venta o prestación de servicio posterior. (En este caso, primero tendría que cancelarse la factura de la venta para poder solicitar la cancelación del CFDI de anticipo. Posteriormente, se emitiría el nuevo CFDI de anticipo y a continuación, otra vez la factura de la venta o servicio vinculándola al nuevo CFDI de anticipo).
Importante: Cuando el monto recibido como anticipo no se mantenga bajo esa condición debido a que, por ejemplo, la operación no se realizará, se terminen las negociaciones con el cliente, etc., lo correcto sería emitir una Nota de Crédito (CFDI de Egreso) relacionada al CFDI de anticipo* para devolverlo y NO cancelar el comprobante de Ingreso expedido cuando este se recibió.
* (mediante la clave 01 – Nota de crédito de los documentos relacionados)
En Facti, siempre estamos dispuestos a orientarte. Si tienes cualquier pregunta relacionada con la emisión y cancelación de comprobantes fiscales (CFDI) de anticipos, contáctanos o inscríbete a nuestros cursos en línea.